
LA NUEVA LEY DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO
El pasado 28 de junio de 2017 se aprobó la nueva ley que regulará el nuevo marco legal de los trabajadores autónomos. Esta nueva regulación introduce diferentes “mejoras” y cambios:
Aspectos fiscales:
– A partir de ahora, si trabajas desde casa podrás deducirte un 20% de tus suministros habituales de agua, electricidad y teléfono.
– En la manutención también se podrá incluir una deducción, con límites de 26,67 euros diarios en España y 48 euros si el trabajo es desarrollado fuera de España. Siempre que se pague con medios electrónicos.
Protección social de los autónomos:
– Los accidentes de tráfico in itenere serán reconocidos como accidentes de trabajo.
– Si se cobra pensión, será compatible con ser autónomo y se seguirá cobrando el 100%.
– Formación adaptada para cubrir las necesidades reales de su trabajo y útiles para su desarrollo profesional.
– Las personas discapacitadas tendrán mejores condiciones para poder ser autónomos.
– Tras la incorporación por baja maternal, se gozará de tarifa plana.
– Para personas con menores a su cargo o personas dependientes, desaparece la cuota de autónomos durante 12 meses.
Fomento y ayudas al emprendimiento y re-emprendimiento
– La tarifa planta se extiende con las mismas condiciones durante 1 año.
– Si has dejado de ser autónomo y quieres volver a serlo y han pasado 2 años, podrás beneficiarte de la tarifa plana de 50 euros de nuevo.
Trabas administrativas:
– En caso de retraso en el pago de la cuota de autónomos se reduce (sólo el primer mes), el recargo del 20% al 10%.
– Si tienes pluriactividad y tienes exceso de cotización, ya no tendrás que solicitarlo sino que se devolverá directamente.
– Durante 3 altas o 3 bajas al año, estará permitido sólo pagar por los días trabajados durante el mes de alta o baja.
– La base de cotización ahora se podrá cambiar hasta cuatro veces al año.
Ahora tan sólo hace falta esperar que el Senado apruebe la ley y vuelva al Congreso para ser ratificada. Lo más probable es que el grueso de medidas entre en vigor en septiembre, y las relacionadas con altas y bajas a la Seguridad Social y el cambio de bases en enero 2018.
